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  1. Análisis

Aborto en Colombia: ¿qué ha pasado y cuál es la situación actual?

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Revisamos el proceso que se lleva actualmente en la Corte Constitucional que busca despenalizar o no el aborto en su totalidad en Colombia. 
Lunes, 14 Febrero, 2022 - 11:40
Lorena Rojas Sarmiento

Por: Lorena Rojas Sarmiento

Adriana* tenía 16 años cuando quedó embarazada, en aquel entonces cursaba grado décimo en un colegio privado de Bogotá, su relación, además de ser abusiva, no era aceptada por sus padres, ni siquiera podía imaginar la reacción de ellos cuando les contara que iba a tener un bebé. En un segundo que parecía ser una eternidad se vio ella misma en el futuro con una persona que no la respetaba, la maltrataba y la manipulaba, ante ese aterrador escenario supo de inmediato que quería abortar. 

Su familia no podía enterarse así que recurrió a sus compañeras de clase -también adolescentes de entre 15 y 16 años- para indagar cómo era el procedimiento. Misoprostol fue ‘la palabra mágica’ que arrojó una búsqueda en internet, y luego de una odisea para conseguir este medicamento, que está autorizado por la OMS para interrumpir el embarazo, finalmente Adriana lo hizo, consumió las pastillas y abortó, en la casa de su amiga sin ninguna clase de atención o asesoramiento médico. 

Afortunadamente Adriana, quien conversó con nosotros con la condición de no revelar su identidad, no presentó ningún efecto secundario, tenía los recursos para pagar por el Misoprostol, pero no es esta la suerte con la que corren muchas mujeres.

Según un informe de Médicos Sin Fronteras (MSF) en Colombia el aborto es la cuarta causa de mortalidad materna y se calcula que de los 400.000 procedimientos que se llevan a cabo al año, menos del 10% se realizan en instituciones sanitarias o con los controles debidos.

Con el fin de que las mujeres, adolescentes y niñas tengan acceso legal a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), a parte de las tres causales ya establecidas, el movimiento Causa Justa y el abogado Andrés Mateo Sánchez presentaron en 2020 una demanda para despenalizar en su totalidad el delito de aborto del Código Penal. Todavía no se ha tomado una determinación con respecto a esta demanda, pero recordamos qué ha pasado con el caso hasta el momento.

12 de mayo de 2006

Gracias a la demanda que puso la abogada Mónica Roa, se logró la despenalización del aborto en Colombia en tres casos: si la vida o la salud de la mujer corre peligro, si hay grave malformación del feto, o si ha sido violada u objeto de inseminación artificial no consentida o en caso de incesto. 

Esto significa que las mujeres pueden asistir a una clínica para practicarse el procedimiento con una autorización médica o el denuncio, sin tener que ser someterse a un proceso judicial por el que hasta entonces era considerado como un delito. Pasaron 30 años para que finalmente fuera aprobada la despenalización en estos tres casos y aunque marcó un hito para muchas mujeres en Colombia, para otras no significó un mayor cambio. 

De acuerdo a la Organización Mesa por la Vida, en los últimos 20 años, 30% de las mujeres que fueron denunciadas por el delito de abortar también fueron víctimas de violencia intrafamiliar, sexual o lesiones personales y el 97% de ellas vive en zonas rurales. Lo que evidencia la desigualdad de condiciones, tanto de acceso como del cumplimiento legal, en distintos lugares del territorio nacional. 

Junio de 2020 

Tras un caso clave en la Corte Constitucional se admitió una demanda por el alto tribunal en la que se pedía penalizar la interrupción del embarazo en su totalidad. Lo que significaba un retroceso en cuanto a la decisión que se había tomado en 2006, por esta razón, el abogado Andrés Mateo Sánchez, especialista en derecho administrativo, realizó una demanda pidiendo todo lo contrario, que se despenalizara en su totalidad el aborto. 

Sánchez argumentó que ha cambiado el contexto normativo y el contexto institucional desde que se despenalizó el aborto en tres casos con la sentencia C-355 de 2006, también que el Estado no puede obligar a las mujeres, que son seres autónomos, a ser madres, además enfatiza en la falta de acceso de muchas para realizar el procedimiento. 

16 de septiembre de 2020

Teniendo en cuento las implicaciones de los abortos inseguros, la desinformación, el miedo, los estigmas y el riesgo al que se ven expuestas las mujeres al realizar este proceso en Colombia, el movimiento Causa Justa, que está compuesto por 91 organizaciones y más de 134 activistas, presentó una demanda para despenalizar el delito de aborto del Código Penal. 

Esto significa que se busca suprimir el carácter penal que constituye actualmente al aborto como delito, para que las mujeres dejen de ser juzgadas por realizarse este procedimiento y que además lo puedan hacer de forma segura. Según cuenta Lucía Hernández, abogada de Women’s Link Worldwide: “mantener el aborto como delito no ha servido para disminuir el número de abortos que se practican”. 

Según datos de la Fiscalía General de la Nación entre el 1% y el 9% de los abortos en Colombia se realizan dentro del sistema de salud, una cifra muy baja en comparación con la totalidad de procedimientos que se realizan (400.000). 

19 de octubre de 2020

Un mes y tres días después de que el movimiento Causa Justa presentara la demanda ante la Corte Constitucional, esta fue admitida por la Sala de Selección de la alta corte. El magistrado Antonio José Lizarazo fue quien admitió la revisión y redactó una ponencia que le diera luz verde, o no, a la eliminación del aborto como delito. 

Cuando una demanda de este tipo llega a la Corte Constitucional los magistrados tienen tres opciones: declarar inexequible la norma, es decir despenalizar el aborto en su totalidad; declarar exequible la norma, así no habría cambio alguno, y declarar exequible condicionalmente, con lo que se podrían cambiar algunas de las reglas actuales del delito del aborto. 

Al respecto comentó, en su momento, el movimiento: “Las organizaciones y activistas del movimiento Causa Justa celebramos que la Corte Constitucional haya admitido la demanda de inconstitucionalidad que busca que el delito de aborto desaparezca del Código Penal. Confiamos en que estos nuevos argumentos y evidencias planteadas en la demanda sean estudiados a fondo por las y los Magistrados”.

18 de noviembre de 2021

La Corte Constitucional se vistió de verde con una manifestación pacífica que se realizó a las afueras de sus instalaciones, mientras que los magistrados discutían, las personas, en su mayoría mujeres, pedían aborto libre y seguro. 

De los nueve magistrados que componían el tribunal se necesitaban cinco votos a favor para que se despenalizara el aborto, sin embargo, Alejandro Linares, uno de los togados se declaró impedido puesto que recientemente se había referido al tema en medios de comunicación, por esta razón se dilató el proceso.

Como Linares no podía votar se requería un conjuez que se elegía por sorteo en un grupo de 27 conjueces que habían sido definidos previamente por la Corte Constitucional. 

20 de enero de 2022 

Pasaron 489 días desde que el movimiento Causa Justa puso la demanda, una luz verde y de esperanza se divisó de nuevo cuando se reanudó la discusión sobre la despenalización total del aborto. Pero, al final de la jornada hubo empate en la Corte Constitucional, razón por la que se suspendió y ahora no se necesitaría uno sino dos conjueces.

Los magistrados Diana Fajardo, Antonio Lizarazo, José Fernando Reyes y Alberto Rojas votaron a favor de la despenalización del aborto mientras que Jorge Ibáñez, Paola Meneses, Gloria Stella Ortiz y Cristina Pardo votaron en contra.

Como son dos demandas las que piden que se despenalice el aborto (la de Andrés Mateo Sánchez y la de Causa Justa), se eligieron dos conjueces para resolver el empate: Julio Andrés Ossa y Juan Carlos Henao, quienes tomarán la decisión final. 

9 de febrero de 2022

Ante las más de 50 recusaciones contra Juan Carlos Henao, la Corte Constitucional nombró otros dos conjueces que decidirán si Henao será recusado en el debate de despenalizar el aborto o no. Por otra parte, la magistrada Cristina Pardo se declaró impedida para participar en esta recusación.

Pardo se declaró impedida al ser recusada por la corporación Sisma Mujer porque cuando fue Secretaria Jurídica de la Presidencia objetó conciencia en un asunto que involucraba el aborto.

Los conjueces elegidos por sorteo para tomar esta decisión fueron los exmagistrados del Consejo de Estado Ruth Stella Correa y Mauricio Fajardo.

Por ahora solo resta esperar que el debate se reanude de nuevo y que se tome una decisión final sobre si se despenaliza o no el aborto en su totalidad. 

21 de febrero de 2022

La Corte Constitucional admitió la despenalización total del aborto en Colombia con un límite de 24 semanas. Luego de ese número de semanas seguirían vigentes las tres causales actuales. 

 
 
 
 
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*Cambiamos el nombre de quien nos contó la historia que acompaña este texto con el fin de proteger su identidad. 

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