Pandemia, teletrabajo y explotación laboral: una crisis en la salud mental

Según la Organización Mundial de la Salud más de 700.000 personas murieron en 2016 por exceso de carga laboral.
Jueves, 1 Julio, 2021 - 10:07

Por: Mariana Vélez

Yolanda* de 54 años recuerda que los primeros días del teletrabajo fueron satisfactorios. No tenia que lidiar con el transporte publico ni con los trancones, pero después de dos semanas comenzó a sentir un cansancio físico y mental tan abrumador que no le rendía en el trabajo. Tenia muchos dolores de cabeza y cuenta que ya no le quedaba tiempo ni siquiera para almorzar.

“Hubo cambios bastante significativos a nivel laboral después de que comenzó la pandemia. Esta desmotivada en mi trabajo”, dice luego de explicar que esto la empezó a afectar en su vida familiar. “Cuando empecé a sentirme irritada, estresada y cansada discutía todos los días con mi esposo, me molestaba el día a día. Ahí fue cuando decidí hablar con una psicóloga laboral, ya que, las cosas estaban cambiando a unos niveles que no había experimentado antes”, agrega Yolanda quien trabaja en una empresa de logística de transporte. 

Durante la pandemia del Covid-19, muchas empresas, como en la que Yolanda trabaja, optaron por enviar a sus empleados a trabajar desde sus casas para continuar con el correcto funcionamiento de sus objetivos. No obstante, algunos empleadores abusaron de esta alternativa, lo que generó en sus colaboradores distintos episodios de estrés, presión y ansiedad laboral.

Según una investigación realizada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Internacional del Trabajo de las Naciones Unidas, el vinculo entre una mala salud y el hecho de trabajar demasiado tiempo es bien estrecho: el exceso de largas horas de trabajo pueden afectar de manera directa al cuerpo, en particular al corazón, al sistema cardiovascular y en general, a la salud mental de las personas. El estudio fue realizado en 196 países. Se concluyó que de 488 millones de personas encuestadas, el 9% de colaboradores trabajaron más de 55 horas semanales en 2016. Esto sirvió como base para evidenciar que las largas horas laborales pueden ser el factor de riesgo ocupacional más grande al que se enfrentan los trabajadores. 

Ahora bien, hace cinco años no existía la pandemia que vivimos hoy. La misma que envió a la mayoría de personas a trabajar en sus casas, punto que además, incrementó, en la mayoría de casos, las horas en las que realizan sus actividades laborales. Lo que claramente los ha llevado a sentirse más agotados de lo normal, algo que se ve reflejado en el aumento de consultas psicológicas en el país. Mayda Liliana Beltrán, psicóloga especialista en Riesgos Laborales, afirma que, “las consultas psicológicas aumentaron en un porcentaje bastante significativo porque no solamente era el tema de lidiar con el trabajo en casa,  sino que también era el tema de lidiar con la angustia y la preocupación del COVID - 19. Se nos unió todo: el teletrabajo, la pandemia, los conflictos en casa, el estrés, la ansiedad, la depresión. La verdad ha sido un momento bastante difícil”. 

Y lo más grave es que bajo estas nuevas circunstancias de teletrabajo y demás, se suele afirmar que la explotación laboral, el estrés, la ansiedad y la depresión por exceso en las cargas laborales son un tema ‘normal’ al que debemos darle manejo.

¿Explotación laboral desde casa?

Según la Ley 1010 de 2006, en el artículo 2, la persecución laboral se define como “toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral”.

A este propósito y sumado al teletrabajo, la explotación laboral puede pasar inadvertida cuando no hay diferencias entre el espacio laboral y el espacio personal. Lo que se encuadra en hechos de persecución laboral poco evidentes, pero que son reales.

Desafortunadamente se han presentado muchos casos, en el contexto del trabajo en casa que más que tratarse de explotación, se tratan de acoso laboral, ya que, el teletrabajo es un sistema que no manejaba todo el mundo antes. No todas las empresas estaban acostumbradas a manejarlo ni todos los empleados estaban acostumbrados a realizar su trabajo en esta modalidad. Los jefes o empleadores comenzaron a tratar de manejar la situación y empezaron a querer que sus trabajadores tuviesen una conexión casi que continua con la empresa desde casa, dar respuesta de manera inmediata y estar casi que 24/7 disponibles” nos dijo Mayda.

Las funciones laborales y la jornada laboral aumentaron en pandemia

Según la encuesta Conciliación de Vida Laboral y Personal, realizada por la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) y el Ministerio del Trabajo, con el teletrabajo aumentaron las horas laborales en el país. Un 57,7% de las personas encuestadas dijo que sus jornadas laborales, en el marco de la pandemia, han sido mayores a 8 horas diarias.

La sobrecarga de trabajo en casa se hace presente desde el momento en que se labora más horas que las que se trabajaba antes en un contexto de oficina. “Trabajar 55 horas o más por semana es un grave peligro para la salud” afirma Maria Neira, directora del Departamento de Medio Ambiente, Cambio Climático y Salud de la OMS.

Recordemos que el contrato laboral es el documento que contiene las condiciones y obligaciones a las cuales las partes se van a acoger durante el transcurso del vinculo laboral. En ese orden de ideas, una de las cláusulas que debe tener ese contrato deben ser las funciones que el trabajador va a desarrollar. En caso de que se requiera modificar las funciones, las partes que lo suscribieron deben estar de acuerdo en su modificación, a través de un documento adicional, con el ánimo de aceptar esas nuevas funciones, las cuales, además, no se pueden cambiar de manera drástica porque requieren la voluntad del trabajador para ser aceptadas.

Alejandra Paz, abogada laboral, dice que en caso de no ser consultado, el trabajador “podría presentar sus renuncia en virtud de las condiciones laborales que fueron modificadas sin su aceptación, y poder conseguir una indemnización por esa terminación de manera abrupta sin su consentimiento.”

De acuerdo a la ley colombiana, la jornada laboral es el espacio de tiempo en el cual el trabajador y empleador establecen la duración de los servicios contratados para otorgar una remuneración a favor de ese servicio prestado.

“Hoy en día, la jornada laboral se encuentra determinada en 48 horas semanales como máxima permitida dentro del territorio colombiano, según el articulo 161 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), aunque en virtud de una nueva ley que esta apunto de ser aprobada, se espera que esta jornada laboral se reduzca gradualmente hasta ser de 42 horas semanales”, afirmó Paz Ortega.

Sin embargo, en muchos casos la jornada laboral ha aumentado, lo que podría concederse a si mismo como un tema de acoso laboral. Así lo evidencia el estudio realizado por la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) y el Ministerio del Trabajo.

Las conductas que hacen parte del acoso laboral

Cuando se habla de jornada laboral se debe tener en cuenta el tema de los límites, aquellos que deben estar estipulados dentro de las directrices del contrato.  

Alejandra Paz define el tema en cuestión así: “cuando se evidencia una conducta persistente y demostrable que puede ser ejercida por parte del empleador hacia el trabajador, incluso por un compañero de trabajo o ejercido por un subalterno, con la finalidad de infundir miedo, terror, angustia, intimidación y causar un perjuicio laboral dentro de la persona que se esta ejerciendo este tipo de conducta, es considerado acoso laboral”.

¿Pero, qué tipo de actos hacen parte del acoso laboral?

La agresión física, las expresiones injuriosas o ultrajantes, los comentarios hostiles y humillantes, la descalificación profesional, las burlas sobre la apariencia física o  forma de vestir, la negativa injustificada a otorgar permiso o licencias por enfermedad, o vacaciones cuando se dan las condiciones legales, reglamentarias o convencionales para pedirlos hacen parte de la lista. El acoso también se presenta con el envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio o para tratar asuntos del trabajo.

Otra forma de acoso laboral es el hecho de que un empleador le pida al trabajador tener dos turnos el mismo día. Así lo explica el artículo 161 del Código Sustantivo de Trabajo: “el empleador no podrá, aún con el consentimiento del trabajador, contratarlo para la ejecución de dos turnos en el mismo día, salvo en labores de supervisión, dirección, confianza o manejo”.

¿Qué hacer ante afectaciones en la salud mental en un contexto de trabajo?

Alejandra Paz explica lo que se puede hacer a nivel laboral cuando hay afectaciones en la salud mental. Dice que el contrato por prestación de servicios, no es un contrato laboral, es un contrato civil y comercial que está reglamentado por las leyes del Código Civil y las Leyes del Código de Comercio.

 Y agrega: “Cuando el contratista se encuentra con cargas prestacionales acumuladas que le están afectando su salud mental se recomienda que acuda al contratante con el ánimo de poder suspender el contrato hasta que un profesional de la salud pueda determinar que está recuperado de sus condiciones mentales, enfocadas por las prestaciones acumuladas en el contrato”.

Por otro lado, si un trabajador con contrato por supervisión, dirección, confianza o manejo, presenta depresión, ansiedad y demás enfermedades causadas por el estrés laboral, se recomienda que acudan a sus diferentes empresas promotoras de salud. De esta forma,  un profesional médico puede determinar si se está enfrentando a una enfermedad y en virtud de ello, generar una incapacidad, para que este pueda tomarse un tiempo de descanso, mejorarse y poder ejecutar su contrato laboral de manera efectiva.  

Si te encuentras enfrentando un episodio de estrés, cansancio, y/o persecución laboral, lo primero que te recomamos es comunicarle la situación a tu empleador.

Es importante recordar que el Ministerio del Trabajo es el ente gubernamental encargado de vigilar y controlar las relaciones laborales que se desarrollan en el país. Por lo que también puedes acudir a dicha entidad a fin de que sea esta la encargada de sancionar a la empresa en caso de estar sancionando la legislación laboral.

A este propósito de este tema, en Chévere Pensar en Voz Alta, decidimos realizar un podcast contando la historia de Yolanda*, quien ha padecido estrés laboral. También conversamos con Mayda Beltrán, psicologa especialista en Riesgos Laborales, haciendo un repaso sobre la relación entre estas nuevas dinámicas laborales y su relación con la salud mental.

*Cambiamos el nombre de la entrevistada por motivos de confidencialidad.